miércoles, 24 de julio de 2013

NUESTRO NUEVO CONMUTADOR . LLÁMANOS YA! DEJA TU ASUNTO JURÍDICO EN NUESTRAS MANOS


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  1. a) Brindar asistencia Legal a toda ciudadana o ciudadano nacido en El Salvador, que resida en el país o en el extranjero y personas extranjeras residentes en el Salvador.-

    b) Asistir legal y psicológicamente a personas que lo soliciten sean o no de escasos recursos económicos. La asistencia legal podrá brindarse tanto en la etapa administrativa o judicial, y en cualquier rama del derecho. El ejercicio de esta finalidad será brindada a través de servicios profesionales de Abogados, Abogadas, Psicólogos, Psicólogas, debidamente acreditados, quienes serán empleados o empleadas de la Fundación. La población beneficiada será : Toda mujer y todas las personas vinculadas en razón del parentesco de ella, como hijos, padre, abuelo, hermano entre otros, en cualquier ciclo de sus vidas, en quienes converjan características de exclusión o vulnerabilidad tales como: Edad, género, condición de discapacidad, condición de inmigrante, condición de deportado o deportada, condición de privado o privada de libertad, condición de procesados, procesadas o condenados y condenadas en proceso penal. Debiendo de seguir los lineamientos de la Secretaría para Asuntos de Vulnerabilidad o de la Dirección General de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres; y/o recomendaciones que otras instituciones del Sistema Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres indiquen.

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